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Los tipos de cuenta corriente que puedes elegir

La Cuenta Corriente es un producto financiero, con el cual depositas tu dinero en una entidad financiera y puedes utilizar los fondos a través de una tarjeta de débito, por medio del giro de cheques y a través de transferencias electrónicas. La institución tiene como obligación cumplir con las órdenes de pago hasta por el monto disponible en tu cuenta.

Las instituciones financieras en el Ecuador ofertan cuatro tipos de cuenta corriente. El tipo de cuenta depende de quién será el titular de la misma. Son los siguientes:

  1. Cuenta corriente personal.- Es una cuenta corriente abierta a nombre de una persona natural. En esta cuenta corriente el titular de la cuenta y girador (quien emite el cheque) es siempre la misma persona.
  2. Cuenta corriente colectiva.- Es una cuenta corriente abierta a nombre de dos o más personas naturales. En este tipo de cuenta corriente la condición de titular recae en todas las personas registradas en el banco, y de girador en la persona o personas que están autorizadas a emitir el cheque.
  3. Cuenta corriente corporativa.- Es una cuenta corriente abierta a nombre de una persona jurídica, empresa, fundación, sociedad de hecho u otras sociedades. En este tipo de cuenta corriente la calidad de titular recae en el representante legal, y pueden girar cheques solo personas autorizadas.
  4. Cuentas corrientes de entidades públicas.- Son las cuentas corrientes aperturadas por entidades del sector público. En esta clase de cuenta corriente pueden girar cheques solo aquellas personas autorizadas.

Adicionalmente, debes conocer que tu cuenta corriente puede ser cerrada. Cuando tu cuenta se cierra es por disposición de la Superintendencia de Bancos,  y no podrás girar ni pagar cheques, ni realizar retiros; esto se debe a que el titular de la cuenta ha sido sancionado por el incumplimiento de disposiciones legales o reglamentarias.

Cuando tu cuenta es cancelada, es por decisión tuya o de la institución financiera. Cuando tú la cancelas, das por terminado el contrato de cuenta corriente y debes notificarlo por escrito a la entidad financiera. Deberás retirar todos los fondos de tu cuenta corriente y dejarás de operar con esa entidad bancaria a partir de la fecha de notificación. Cuando tu institución cancela tu cuenta, da por terminado el contrato, en base a las causales determinadas en el contrato de la cuenta corriente.

No olvides de consultar con tu institución financiera todos los términos y condiciones del contrato de tu cuenta corriente. Infórmate y toma decisiones sobre el uso de la cuenta  responsablemente.

Para más información sobre la nueva ley de cheques, vigente en el Ecuador desde el año 2014, puedes consultar aquí: http://www.sbs.gob.ec/medios/PORTALDOCS/downloads/normativa/nueva_codificacion/todos/L1_XXIV_cap_III-2.pdf

Bertha Romero

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Bertha Romero

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