Conoce los beneficios de la Ley de Alivio Financiero

Conoce los beneficios de la Ley de Alivio Financiero

La Ley de Alivios Financieros, que ya está en vigencia. Hay al menos, 20 beneficios que pretenden hacer frente a los efectos de la crisis eléctrica que ha llevado a Ecuador a vivir prolongados cortes de luz.

A continuación, los principales puntos de la norma:

  1. Créditos hipotecarios

El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) otorgará un período de gracia de 90 días a quienes tengan créditos hipotecarios reestructurados o refinanciados vigentes hasta el 30 de septiembre de 2024. Aplica para las personas o clientes que están al día en el pago de sus créditos reestructurados y refinanciados.

Durante esos tres meses de gracia, los clientes solo deberán pagar el valor correspondiente a seguros de los créditos. En cambio, los intereses ordinarios de esos tres meses se distribuirán entre las cuotas pendientes de pago. No habrá cobro de interés por mora ni gastos de cobranza o costos legales.

  1. Empresas de telefonía e internet

La Ley establece que los proveedores de Internet y de telefonía móvil implementarán medidas de remediación para sus usuarios ante los problemas de conexión ocasionados por los cortes de luz.  Las empresas deberán otorgar facilidades de pago en las planillas de facturación, mientras dure la emergencia a causa de la crisis eléctrica producto del estiaje.

  1. Arriendos

Mientras dure la emergencia del sector eléctrico nacional, la Ley suspende las cláusulas de incremento automático de arriendo en la renovación de contratos. Es decir, si su contrato vence, no podrá subir el canon de arrendamiento para la renovación del contrato mientras dure la emergencia.

La suspensión aplicará, de igual manera, a la firma de nuevos contratos de arrendamiento sobre el mismo bien.

  1. Seguro de desempleo

La Ley trae cambios para acelerar la entrega de los beneficios del seguro de desempleo que entrega el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a los afiliados que han perdido su empleo.

  1. Deudas en banca y cooperativas

En cuanto a las deudas bancarias y en cooperativas, la Ley establece que las entidades “podrán” establecer programas de diferimiento extraordinario y temporal de las obligaciones financieras. Es decir, la ley no obliga a las entidades a otorgar alivios, sino que los deja a su consideración.

  1. Crédito tributario para el empleador que no despida gente

Los empleadores que no hayan desvinculado a sus trabajadores en octubre, noviembre y diciembre gozarán de un crédito tributario para el ejercicio fiscal del año 2024, que servirá para compensar el pago del Impuesto a la Renta.

  1. Plan de pago para deudas por impuestos

El Servicio de Rentas Internas (SRI) podrá aceptar un Plan excepcional de pagos de hasta 12 meses de obligaciones fiscales que se encuentren en mora al 31 de octubre de 2024.

Una vez aceptado el plan, se suspenderán las acciones de cobro de esas deudas. El Plan está condicionado al cumplimiento estricto del pago total de las cuotas.

  1. Se perdonarán deudas de hasta USD 460

El Director del SRI y, de modo facultativo, los prefectos y alcaldes declararán extintas las obligaciones tributarias que, sumadas, no superen por cada contribuyente un salario básico, que es de USD 460.

  1. Beneficio con el IESS para empleadores

El no pago de aportes de los meses de noviembre y diciembre de 2024 no generará responsabilidad patronal con el IESS, siempre que sean canceladas hasta en noventa 90 días de estar en mora y que se solicite por parte del empleador.

  1. Nueva remisión de intereses por deudas tributarias

Se condonará el 100% de los intereses, multas, recargos de los tributos recaudados por los municipios y prefecturas, empresas públicas, agencias y otras instituciones, inclusive el impuesto al rodaje.

Eso aplica siempre que contribuyentes realicen el pago total o parcial de dichas obligaciones hasta el 30 de junio de 2025.

  1. Deudas con el IESS se podrán cruzar con fondos de reserva

La persona natural que tenga cualquier tipo de obligación con el IESS, incluso en calidad de representante legal de una persona jurídica, podrá solicitar hasta el 28 de febrero de 2025, el cruce de sus obligaciones con el saldo de su cuenta individual de Fondos de Reserva.

  1. Deudas de tributos en la ANT

La Ley ordena la condonación del 100% de los intereses, multas por tributos que recauda la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y por el Servicio Público para Accidentes de Tránsito (SPPAT), siempre que los contribuyentes realicen el pago de al menos el 30% de dichas obligaciones hasta el 30 de junio de 2025.

  1. Crédito educativo y becas

La Ley dispone la remisión del 100% del interés y recargos generados por las obligaciones de crédito educativo que hayan vencido o por convenios de pago; la condonación incluye interés por mora, multas y gastos administrativos pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia de la norma, es decir, el 9 de diciembre de 2024.

Los beneficiarios de este régimen gozarán de 12 meses de gracia para el pago del capital, luego de lo cual deberán pagar el 10% del capital para acceder a la remisión. Y luego podrá acordar planes de pago para pagar el resto.

  1. Negocios populares no pagarán tributo de 2022 y 2023

Se condona la obligación tributaria correspondiente al Impuesto a la Renta de los ejercicios 2022 y 2023, a cargo de los contribuyentes sujetos al régimen RIMPE- negocio popular. Esta condonación aplicará indistintamente de si dichos contribuyentes han presentado o no la declaración correspondiente.

  1. Suspensión de coactivas

El IESS no iniciará procedimientos coactivos a partir de la entrada en vigor de la presente Ley y hasta el 28 de febrero del 2025, en virtud de la crisis energética existente en el territorio nacional.

Y la Ley determina que el BIESS, BanEcuador y la Banca Pública tampoco iniciarán procedimientos coactivos a partir de la entrada en vigor de la presente Ley y hasta el 28 de febrero del 2025, en virtud de la crisis energética existente en el territorio nacional. Asimismo, estos tres bancos tampoco podrán registrar a los deudores en el buró de crédito.

  1. Más plazo para pagar obligaciones

En un plazo de 10 días desde la promulgación de la Ley, el SRI emitirá mediante resolución, la ampliación de plazos de cumplimiento de obligaciones que considere necesarios debido a la crisis energética.

  1. Reclamos por incremento de la factura eléctrica

De acuerdo con la ley aprobada, ahora los clientes pueden presentar sus reclamos por cobros excesivos en planillas de luz, sin la necesidad de pagar antes las facturas a la empresa eléctrica como se exigía.

  1. Exoneración del Impuesto a la Renta por venta de inmuebles

La Ley exonera del pago del Impuesto a la Renta a los ingresos por venta ocasional de inmuebles de personas naturales o empresas. Se aplica por dos ventas al año.

  1. Condonación de intereses por multas y  glosas de Contraloría

La Ley dispone la remisión del 100% de intereses, costas y gastos administrativos, estos dos últimos si los hubiere, generados por efecto de la determinación de responsabilidades derivadas de resoluciones de la Contraloría General del Estado y de aquellas que no se deriven del control de recursos públicos, pero cuya recaudación se encuentre a cargo del organismo de control.

  1. Condonación de intereses para clientes de BanEcuador y CFN

La ley dispone que, mediante decreto ejecutivo, se podrá disponer de condonación de intereses de obligaciones en mora de entidades de la banca pública (BanEcuador y CFN) de crédito en mora, que se encuentren en procesos de reestructuración y refinanciamiento. Esta disposición no incluye al Biess.

 

Fuente: https://www.primicias.ec/economia/internet-telefonia-movil-creditos-ley-alivios-financieros-impuestos-85030/

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